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Subvenciones Navales 2025: Nuevas Ayudas hasta 2029 [BOE]





Subvenciones Navales 2025: Nuevas Ayudas hasta 2029 [BOE]

Astilleros españoles acceden a 4 años adicionales de subvenciones hasta 2029, con umbral reducido a 200 GT. El Real Decreto 874/2017 permite ahora modificaciones contractuales sustanciales y amplía ayudas I+D+i a eficiencia energética, beneficiando a 120 empresas navales.

  • Plazo solicitud: Hasta 31/12/2029 (RD874) y 31/12/2026 (RD1071)
  • Dotación total: Presupuestos Ministerio de Industria y Turismo
  • Cuantía máxima: 6.5% valor buque (RD874) y hasta 80% gastos subvencionables (RD1071)
  • Requisitos clave: Buques >200 GT, remolcadores >1000 kW; empresas al corriente de pagos
  • Entidad gestora: Dirección General de Programas Industriales

El Real Decreto 874/2017 y 1071/2021, modificados en junio 2025, actualizan el marco de subvenciones al sector naval español en un contexto de transición ecológica europea. Estas normas responden a la necesidad de adaptarse a modificaciones contractuales imprevistas y al Pacto Verde Europeo, manteniendo la competitividad frente a astilleros de otros países UE. La construcción naval, estratégica para economías regionales como Galicia y País Vasco, recibe así instrumentos financieros alineados con los Reglamentos UE 1233/2011 y 651/2014 sobre ayudas estatales.

Imagínese planificar una reforma en casa y descubrir imprevistos que encarecen el proyecto: así ocurre en astilleros cuando armadores piden cambios técnicos. Las nuevas normas actúan como un “seguro de flexibilidad”, permitiendo ajustar subvenciones cuando contratos aumentan hasta un 20% su valor inicial, siempre que no sea por negligencia del astillero.

Beneficia directamente a astilleros con proyectos de I+D+i o construcción de buques metálicos >200 GT. Por ejemplo, un astillero gallego construyendo pesqueros de 250 GT podrá solicitar subvenciones al tipo de interés si su financiación cumple requisitos CIRR. También PYMEs que desarrollen sistemas de eficiencia energética para buques, con ayudas de hasta 60% según tamaño empresarial.

Comparativa de cambios clave:

Modificaciones principales en subvenciones navales (Fuente: BOE 17/06/2025)
Concepto Antes Ahora (2025)
Vigencia RD 874/2017 31/12/2025 31/12/2029
Umbral buques elegibles > GT no especificada (mayor) > 200 GT
Proyectos subvencionables RD 1071 Solo I+D+i I+D+i + protección ambiental + eficiencia energética
Límite modificación contratos No regulado Hasta +20% valor inicial

Para acceder, los astilleros deben presentar solicitud electrónica en sede del Ministerio de Industria, adjuntando memoria técnica, contrato de construcción y certificados de cumplimiento tributario. En caso de modificaciones sustanciales, disponen de 2 meses tras la firma del crédito ajustado para solicitar revisión. La Dirección General de Programas Industriales resuelve en 6 meses, con posibilidad de recurso ante la Audiencia Nacional.

Europa impulsa esta adaptación mediante el Reglamento UE 2023/1315, que prorroga hasta 2026 las ayudas compatibles con el mercado interior. El 60% de los fondos se alinean con la transición ecológica y digital, priorizando proyectos que reduzcan emisiones en construcción naval. España se adelanta así a directivas como el “Fit for 55”, que exige reducciones del 55% en CO2 para 2030.

Las tendencias apuntan a subvenciones condicionadas a indicadores de sostenibilidad: desde 2026, podrían requerirse certificados de eficiencia energética en astilleros. La digitalización de procesos (gemelos digitales de buques) y combustibles alternativos (hidrógeno) serán los próximos focos, con dotaciones previstas de 120 millones en el Plan Naval Verde 2027-2030.